De acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 13/89 (de montes vecinales en mano común de Galicia) y artículo 39 del Reglamento de la citada Ley (aprobado por Decreto 260/1992), las Comunidades de Montes Vecinales en Mano Común deberán celebrar -dentro de los seis primeros meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio económico- la Asamblea General Ordinaria de comuneros. En BUGARIN & GAGO ABOGADOS hemos inaugurado este fin de semana, en Baiona (Pontevedra), nuestro servicio de asistencia jurídica a las asambleas generales ordinarias que se celebrarán durante el primer semestre de 2018.